Ir al contenido principal

OSIPA

COMUNICADO IMPORTANTE A NUESTROS AFILIADOS

Estimados beneficiarios:

Nos comunicamos con ustedes para informarles que, a partir de la fecha, será requisito indispensable presentar la documentación de manera presencial en nuestra sede central para iniciar cualquier gestión que requiera la intervención de la Obra Social, ya sea para la provisión o autorización de insumos y medicamentos, o para la realización de estudios especiales.

Con el objetivo de resguardar su salud y agilizar los procesos administrativos, solicitamos que se acerquen con la documentación original correspondiente.

Documentación requerida

La presentación presencial será necesaria para los siguientes trámites:

  • Medicamentos: recetas, historias clínicas y solicitudes de alta complejidad.
  • Insumos médicos: materiales descartables, prótesis y elementos de ortopedia.
  • Resumen de Historia Clínica: deberá ser confeccionado por el médico tratante y justificar la solicitud indicada. También deberán adjuntarse estudios complementarios cuando resulte necesario, como resultados de biopsias o informes de estudios diagnósticos.
  • Pacientes que reciben medicación crónica: las recetas deberán estar posdatadas por tres meses y ser emitidas por el médico especialista correspondiente. Por ejemplo:
    • Pacientes diabéticos: por el diabetólogo.
    • Pacientes con VIH: por el infectólogo.
    • Pacientes oncológicos: por el oncólogo.
  • Tratamientos crónicos: deberá adjuntarse la planilla de cronicidad, actualizada cada tres meses por el médico tratante. En ella deberán constar el diagnóstico, tratamiento, medicación, dosis diaria o mensual, duración del tratamiento y resultados de los estudios o análisis de control.
  • Pacientes oncológicos: la documentación deberá incluir la descripción de la medicación, el protocolo propuesto, la cantidad requerida por ciclo, la cantidad de ciclos y la fecha probable de inicio del tratamiento, para garantizar la provisión de la medicación en tiempo y forma.

Auditoría médica y trazabilidad

Todo lo expuesto será evaluado por Auditoría Médica y, en los casos de cronicidad, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 310/2004.

Todo insumo o medicación requerido por un paciente se encuentra reglamentado por un proceso de trazabilidad. Este procedimiento garantiza que el producto medicinal provisto quede documentado por cada participante de la cadena sanitaria, desde la droguería o distribuidor hasta la farmacia del centro asistencial o el paciente.

La Obra Social no puede actuar como intermediaria entregando directamente el material o la medicación.

Presentación obligatoria de documentación original

La presentación de los documentos originales es obligatoria para garantizar la transparencia, la seguridad y la correcta carga de las coberturas en nuestro sistema.

No se aceptarán solicitudes enviadas por correo electrónico o mediante mensajes de WhatsApp sin la correspondiente documentación.

Receta electrónica

En Argentina, la receta electrónica es obligatoria y constituye la modalidad válida para la prescripción de medicamentos, estudios y prácticas médicas.

El sistema se rige por la Ley 27.553 y requiere que los profesionales utilicen plataformas inscriptas en el ReNaPDiS.

Aspectos principales de la normativa

  • Validez nacional: las recetas emitidas digitalmente deben ser aceptadas en cualquier farmacia del país.
  • Plataformas oficiales: los médicos deben emitir las órdenes mediante sistemas homologados, que generan un identificador único para cada prescripción.
  • Excepciones: el formato en papel solo está permitido de manera excepcional en zonas con baja o nula conectividad a internet.

Agradecemos su colaboración y comprensión para continuar brindándoles la mejor atención médica.

Atentamente,
Dirección de la Obra Social

Avisos:

Para Plan Materno Infantil debe concurrir a la sede con certificado de embarazo además del formulario de empadronamiento ya lleno, este mismo se descarga de gestiones online LINK .
Para Cirugía: Debe concurrir a la sede con documentación original. Orden médica original, datos del beneficiario, pedido de materiales y estudios complementarios

Aviso sobre Recetas Electronicas

A partir del 1° de enero de 2025, la receta electrónica es la única modalidad
vigente para la prescripción de medicamentos.
A través del Decreto 345/2024, la normativa establece la necesidad de
cambiar la modalidad de las prescripciones, indicadas en papel, a recetarios
de plataformas digitales.
La implementación de la Receta Electrónica contempla las diversas
situaciones en las que una persona recibe atención y le son brindadas las
indicaciones de tratamiento. Esta herramienta conlleva múltiples beneficios
en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos.

Razones por las cuales adoptar la receta electrónica o digital

 Vuelve más segura y eficiente la prescripción en base a los estándares
definidos.
 Sólo puede ser emitida por un profesional en ejercicio matriculado y
habilitado.
 Asegura la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega.
 Simplifica procedimientos administrativos.
 Brinda herramientas para tomar decisiones de tratamiento más
informadas.
 Resguarda la identidad de los pacientes y protege su información
personal.
 Mejora la calidad en la prestación de servicios de salud.
Ventajas de utilizar receta electrónica en lugar de receta en papel
Como principales ventajas se destacan:
 la identificación de los profesionales acreditados para prescribir la
estandarización de la calidad
 la seguridad de las plataformas informáticas para emitir recetas
 la uniformidad y precisión al indicar tratamientos por nombres
establecidos

 la eliminación de discrepancias en la indicación de
droga/presentación y de las posibles confusiones en la interpretación
de la caligrafía del profesional.

Nunca solicitaremos datos personales por teléfono. Estos son requeridos exclusivamente al completar el
formulario de afiliación. Con la implementación de nuestros carnets digitales, nunca pediremos
información para realizar envíos a domicilio.

Por tu seguridad y tranquilidad, te recordamos que es fundamental no proporcionar ningún tipo de
información como por ejemplo personales como DNI, CUIT, Clave fiscal, teléfonos, domicilio.

En OSIPA estamos comprometidos en proteger tus datos personales y mantenerte informado sobre
cualquier cambio en nuestros procesos de manejo de información.

Podés comenzar tu trámite online

Afiliate a OSIPA

Quiero afiliarmeQuiero cambiar a OSIPA

Bienvenidos a OSIPA, la Obra Social de la Industria de Pastas Alimenticias.

Nos dedicamos a brindar servicios para el cuidado de la salud de los empleados y familias de las empresas del sector de fabricación de pasta seca y pasta fresca y asimismo también dar cobertura médica a todos aquellos que quieren formar parte de OSIPA.

Desde OSIPA te cuidamos.

Es importante que sepas...

Ley N° 26.743 de Identidad de Género

Podes realizar tu consulta en Atención al Beneficiario de OSIPA al 0800-222-9982 o al 4981-5015 o enviar mail a contacto@osipa.org.ar para recibir asesoramiento y contención por parte del equipo interdisciplinario.

Ley Nº 27.610. Acceso a la interrupción del embarazo: IVE/ ILE

En caso de encontrarte en esta situación debes comunicarte al 0800-222-9982 o al 4981-5015 o enviar mail a contacto@osipa.org.ar en el cual encontraras asesoramiento y acompañamiento por parte de nuestros profesionales.

Ley Nº 26.485. Protección integral a las mujeres

Si estas transitando una situación de violencia de género, podes comunicarte de manera gratuita las 24hs, los 365 días del año a través del 144, o al 0800-345-1435. También podés realizar tu consulta en Atención al Beneficiario de OSIPA al 0800-222-9982 o al 4981-5015 o enviar mail a contacto@osipa.org.ar para que te contacte el equipo interdisciplinario para asesoramiento y contención.

Ley Nº 26.657 de Salud Mental

Si necesitas hablar estamos para ayudarte, podes comunicarte de manera gratuita las 24hs, los 365 días del año a través del 135, por whatsapp al 1127716463. También podés realizar tu consulta en Atención al Beneficiario de OSIPA al 0800-222-9982 o al 4981-5015 o al mail contacto@osipa.org.ar para que recibir ayuda y contención del equipo interdisciplinario.

Ley Nº 22.431 de Discapacidad

Atención y asesoramiento al Beneficiario de OSIPA al 0800-222-9982 o al 4981-5015 o contacto@osipa.org.ar para recibir asesoramiento y contención por parte del equipo interdisciplinario.

Beneficios pensados para vos

Internaciones clínicas y quirúrgicas
Urgencias y emergencias las 24 hs. Llamando al 0810-222-8462
Descuentos en farmacias
Sesiones de psicología y psiquiatría
Sesiones de kinesiología

Conocé nuestros centros y profesionales

Descargá la cartilla

0810-222-8462

Urgencias y emergencias

Las 24 hs.

0810-222-2462

Atención al beneficiario

Lunes a viernes de 8 a 17 hs.